Convocatoria incentivos instalación puntos de recarga vehículos eléctricos España 2025
Concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para incentivar el despliegue la instalación de infraestructura de recarga de acceso público para vehículos eléctricos ligeros, según los apartados 2 y 3 del artículo 1 de las bases reguladoras del Programa MOVES CORREDORES DE RECARGA. Dentro del Programa de incentivos a la movilidad eléctrica 2025.
¿En qué consiste la ayuda?
La intensidad de ayuda máxima que podrá solicitarse será del 70 % del coste elegible. La ayuda máxima por beneficiario y proyecto serán 15 M€.
1. Para ayudas inferiores a 100.000 €:
– La ayuda se calculará como un porcentaje sobre los costes elegibles, con un límite de ayuda máxima de 15.000 € para los costes de gestión de la solicitud y justificación.
– Para los informes de auditoría, se establece un límite máximo de coste elegible de 10.000 €(IVA/IGIC no incluido) por informe.
2. Para costes de gestión de la solicitud y justificación:
– Se aplicará la intensidad de ayuda solicitada, con un límite de 15.000 € para la suma de ambos gastos.
3. Para informes de auditoría:
– Límite máximo de coste elegible de 10.000 euros (IVA/IGIC no incluido) por informe.
El plazo de ejecución de las ayudas es de un mínimo de 5 años desde la fecha de puesta en operación del punto de recarga. Además, se requiere que, en un plazo máximo de doce meses desde la notificación de la resolución de concesión, el beneficiario acredite haber iniciado los trabajos necesarios para la ejecución de las actuaciones.