Subvenciones a personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos – Ayuntamiento de Madrid 2026

El Ayuntamiento de Madrid ha convocado una nueva línea de ayudas dirigida a favorecer el inicio, la continuidad y el crecimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas en la ciudad de Madrid. La convocatoria pretende impulsar el tejido empresarial local mediante subvenciones destinadas a quienes hayan iniciado una actividad económica, hayan generado empleo o hayan llevado a cabo un relevo generacional de un negocio. Como novedad en 2026, también podrán beneficiarse las personas que se hayan dado de alta como autónomas durante 2025, siempre que no hubieran estado de alta en los cinco años anteriores. El programa cuenta con un presupuesto de 2 millones de euros y busca reforzar la consolidación del trabajo autónomo y la creación de empleo estable.

Estado:

Abierta

Fecha de inicio:

4 de julio de 2026

Cierre:

23 de julio de 2026

Importe:

Las ayudas contemplan diferentes importes según el supuesto subvencionable.

Detalles

Organismo convocante:

Ayuntamiento de Madrid

Objetivo de la ayuda:

Contratación

Beneficiarios:

Estas ayudas tienen como finalidad apoyar el emprendimiento, favorecer la consolidación del trabajo autónomo y contribuir a la generación de empleo en la ciudad de Madrid.

La convocatoria busca facilitar la continuidad de actividades económicas viables, incentivar la creación de nuevas iniciativas empresariales y favorecer el relevo generacional de negocios para evitar su desaparición. Asimismo, pretende impulsar la contratación estable por parte de las personas autónomas y reforzar la competitividad del tejido productivo madrileño.

La gestión de las ayudas se realiza en colaboración con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, simplificando la tramitación y el acompañamiento a los solicitantes

La cuantía de la subvención se establece en función de la línea de ayuda solicitada:

  • Línea 1. Relevo generacional: subvención de 10.000 euros por beneficiario.
  • Línea 2. Creación de empleo: subvención de hasta 5.000 euros. Se concederán 5.000 euros cuando el incremento neto de plantilla sea igual o superior a una unidad. Si el incremento es inferior a una unidad, la ayuda se calculará de forma proporcional multiplicando la diferencia por 5.000 euros.
  • Línea 3. Nuevas altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA): subvención de 2.500 euros por beneficiario.

Las ayudas se concederán hasta agotar el crédito presupuestario previsto en la convocatoria, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas que:

  • Estén afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o régimen equivalente.
  • Desarrollen su actividad económica en el municipio de Madrid.
  • Cumplan los requisitos específicos establecidos para cada modalidad de ayuda.

Entre los principales supuestos de acceso destacan:

  • Personas dadas de alta como autónomas durante 2025 que no hubieran estado de alta en los cinco años anteriores.
  • Autónomos que hayan realizado un relevo generacional de un negocio.
  • Autónomos que hayan creado empleo neto durante 2025 mediante contratación indefinida respecto al ejercicio anterior.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en la normativa de subvenciones.

 

Serán objeto de subvención las actuaciones vinculadas al mantenimiento y fortalecimiento de la actividad empresarial desarrollada por personas autónomas en el municipio de Madrid, entre ellas:

  • Inicio de una nueva actividad económica como persona trabajadora autónoma.
  • Continuidad y consolidación de negocios viables.
  • Relevo generacional mediante la adquisición o continuidad de un negocio.
  • Creación de empleo neto mediante la contratación indefinida de trabajadores.
  • Gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

Otras ayudas

Buzón de sugerencias

Archivos adjuntos

Los datos aportados por usted, serán tratados por Asociación De Empresas Del Comercio E Industria Del Metal De Madrid (en adelante AECIM), para la gestión y atención de su solicitud. Para obtener información adicional sobre nuestra política de privacidad, pinche AQUÍ.
Para ejercer los derechos de acceso rectificación, cancelación, oposición así como los demás derechos contenidos en el Capítulo III del Reglamento (UE) 2016/679, diríjase a: AECIM, C/Príncipe De Vergara, 7a, 1º Dcha. 28006-Madrid.o envíe un e-mail a: dpo@aecim.org